SOCIOS CONTRACTUALES
La póliza de fletamento se celebra entre la compañía de fletamento y el fletador y, en caso necesario, puede celebrarse a través de la agencia.
Pago, cancelación, incumplimiento del fletador
1. Salvo que se estipule lo contrario en la póliza de fletamento, el pago del primer tramo, tal como se define, del precio del fletamento deberá efectuarse en el momento de la celebración de la póliza de fletamento; el resto deberá abonarse cuatro semanas antes del comienzo del fletamento. El pago debe recibirse antes de los plazos indicados.
2. En casos importantes, la compañía de fletamento podrá retirarse en un plazo de 4 días a partir de la celebración del contrato de fletamento.
3. Si el fletador no puede asistir al fletamento, deberá informar inmediatamente a la compañía de fletamento. Si se concluye un fletamento de sustitución en las mismas condiciones, se reembolsará al fletador el dinero que ya haya pagado, menos los gastos de gestión que se hayan originado, pero que no serán inferiores al 20% del precio del fletamento. Si no se dispone de un chárter de sustitución en las mismas condiciones, la compañía de chárter podrá reclamar el precio íntegro del chárter. Se recomienda encarecidamente al fletador que contrate un seguro de gastos de cancelación del viaje. La compañía de chárter o el agente estarán encantados de enviarle un presupuesto para dicho seguro.
4. En caso de que el fletador no pueda efectuar los pagos en los plazos establecidos en el contrato, la compañía de fletamento tendrá derecho a rescindir el contrato.
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA FLETADORA
1. El yate acordado se entregará al fletador en un estado limpio, navegable, apto para el mar y con los depósitos llenos.
2. Si el yate acordado no puede entregarse en la fecha convenida en la póliza de fletamento (por ejemplo, debido a avería gruesa, innavegabilidad como consecuencia de un accidente en el fletamento anterior, etc.), la compañía de fletamento podrá entregar un yate equivalente sin perjuicio de los derechos de garantía del fletador en la medida en que existan defectos en los servicios de sustitución.
El fletador garantiza y se compromete a lo siguiente:
1. observar los principios de la buena marinería,
2. poseer un buen dominio de la náutica y experiencia suficiente en el mando de un yate o designar a un patrón responsable con tales capacidades.
Si el fletador o su patrón no poseen la licencia o el certificado de competencia necesarios para patronear un yate de la clase acordada, la compañía de alquiler se reserva el derecho a negarse a entregar el yate, reteniendo el precio del alquiler, o a nombrar un patrón en nombre y por cuenta del fletador,
3. observar las leyes de cualquier país que pueda visitar e informar de la llegada y salida del yate al capitán del puerto,
4. no utilizar el yate para fines empresariales o comerciales, no embarcar a personas que no pertenezcan a su grupo inmediato, no ceder o alquilar el yate a terceros sin el consentimiento por escrito de la compañía de alquiler y no transportar mercancías o materiales peligrosos,
5. no abandonar la región marítima de la compañía de fletamento sin el consentimiento previo por escrito de la compañía de fletamento,
6. manejar el yate y su equipamiento con cuidado, llevar siempre calzado de vela a bordo, llevar el cuaderno de bitácora de forma sencilla, antes del inicio del chárter informarse detalladamente sobre la zona que se va a recorrer, por ejemplo, corrientes, y cambios del nivel del mar en caso de vientos fuertes, etc,
7. No abandonar el puerto de protección si se prevén vientos superiores a 7 en la escala de Beaufort.
RESPONSABILIDAD DE HOXTON CHARTERS
1. El fletador sólo será responsable frente al fletador de las pérdidas o daños derivados de dolo o negligencia grave por parte del fletador.
2. Los yates y su equipamiento están asegurados a todo riesgo Se exigirá un depósito de seguridad reembolsable en la base para cubrir la franquicia por cualquier daño sufrido por el yate o por daños o pérdida del equipamiento auxiliar. No obstante, en caso de que se produzcan daños o pérdidas en los yates y el equipo como consecuencia de una negligencia grave, el fletador será responsable del importe total de la reparación, sustitución y cualquier coste resultante. También deberá depositarse la fianza si la compañía de alquiler ha proporcionado un patrón profesional.
RESPONSABILIDAD DEL FLETADOR
1. si el arrendatario abandona el yate en un lugar distinto al acordado por cualquier motivo, el arrendatario correrá con los gastos de devolución del yate por agua o por tierra si la devolución en el yate se prolonga más allá del período de tiempo del alquiler, el yate se considerará devuelto por el cliente en el momento de su llegada al puerto acordado.
2. La devolución tardía del yate y la inutilización del yate causada por el fletador serán motivo de reclamación de indemnización por parte de la compañía de alquiler. El contrato de alquiler se considerará prorrogado hasta la devolución del yate.
3. Se llama la atención sobre el hecho de que la conclusión de un seguro de casco por la compañía de fletamento no significa que el fletador no es responsable de las pérdidas o daños no cubiertos por el seguro expresamente reservado el derecho de recurso al fletador. Esto se aplica especialmente a los daños causados por negligencia grave, dolo o incumplimiento de las condiciones del contrato de fletamento, y por cualquier pérdida o daño consecuente.
4. Devolver el yate en buen estado de funcionamiento y orden, con todo el equipo debidamente estibado y con los depósitos llenos; en caso contrario, el coste del llenado de los depósitos y de la estiba del equipo se deducirá de la fianza.
5. Informar inmediatamente por teléfono a la compañía chárter en caso de daños, colisión, avería u otros sucesos inusuales. Preparar un informe escrito en caso de daños al yate o lesiones a personas, y hacer que lo refrende el capitán del puerto o el médico.
6. tener siempre el yate remolcado por su propia línea en caso de avería o sucesos similares, y no hacer ningún acuerdo sobre remolque o salvamento.
7. comprobar el estado de la embarcación y verificar que todo su equipamiento y los elementos que figuran en el inventario están completos, tanto al hacerse cargo de la embarcación como al devolverla (la lista de comprobación), y confirmarlo mediante una firma.
8. en su caso, firmar los contratos de fletamento exigidos por la ley o los formularios de contrato propios de Hoxton Charters antes de hacerse cargo del yate.
9. no abandonar el puerto de protección si se prevén vientos superiores a 7 en la escala de Beaufort.
VARIOS/ACUERDOS SUBSIDIARIOS/CLÁUSULA DE SEPARABILIDAD DE LA INFORMACIÓN
1. El período de fletamento sólo podrá prorrogarse con el acuerdo de la compañía de fletamento. Los retrasos debidos a reparaciones durante el periodo de fletamento no pueden ser compensados.
2. Si se produjeran errores evidentes en la facturación del precio del fletamento y de los extras, la compañía de fletamento y el fletador tienen el derecho y la obligación de corregir el precio del fletamento de acuerdo con la lista de precios válida Esto no afecta a la legalidad de este contrato.